sábado, 19 de junio de 2010

Política Chilena

Aspectos Legales

Existen varios reglamentos vigentes en Chile para dictar normas frente a la importación, exportación, tránsito, extracción, producción, fabricación, fraccionamiento, preparación, distribución, transporte, transferencia a cualquier título, expendio, posesión y tenencia de drogas psicotrópicas y estupefacientes, ya sean lícitas o ilícitas.

Unos de los más importantes son el decreto N° 404 y 405 del Ministerio de Salud sobre Estupefacientes y Psicotrópicos en forma respectiva.

Dentro del reglamento 404 de estupefacientes se encuentran la acetorfina, cannabis y su resina, cetobemidona, desomorfina, etorfina, heroína y las sales de estas substancias, las cuales están prohibidas en el territorio nacional, sólo pudiendo ser autorizadas con motivos de investigaciones científicas, previa resolución por el instituto de salud pública.
Estará prohibido, asimismo, el cultivo de la adormidera, (planta del opio, Papaver Somniferum L) y del arbusto de la coca (Eritroxylon Coca).

Dentro del reglamento 405, la importación, exportación, tránsito, extracción, producción, fabricación,
fraccionamiento, preparación, distribución, transporte, transferencia a cualquier título, expendio, posesión y tenencia de las drogas, preparados y especialidades farmacéuticas incluidas en la Lista l, estarán prohibidas en el territorio nacional.
Dentro de esta lista está el LSD, la Mescalina, el MMDA, el MDMA, el MDA (derivados anfetamínicos como el éxtasis).
La infracción a las disposiciones de los presentes reglamentos será sancionada por la autoridad sanitaria competente en la forma y con arreglo a los procedimientos previstos en el Libro X del Código Sanitario, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera derivar del mismo hecho y de lo establecido en el articulo 3.° de la Ley N. 18.164.

2 comentarios:

  1. Me parece muy buen tema a tratar pero lo que no me queda claro es que al leer el articulo, en ninguna parte dice algo sobre consumo, es decir puedo consumir sin ser detenido.

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  2. Si estas en la vía pública y eres sorprendido consumiendo marihuana, alcohol o cualquier droga ilícita es motivo para ser detendido... además dependiendo de la cantidad es si eres considerado sóloportador o microtráfico...

    Si no.. preguntale al "Lelo"
    ;-)

    saludos

    http://todo13.13.cl/programas/v3311.htm

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